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Defensor Universitario

La Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en su Disposición Adicional decimocuarta, creó la figura del Defensor Universitario para velar por el respeto a los derechos y las libertades de todos los miembros de la comunidad universitaria, ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios de la Universidad. Las actuaciones del Defensor Universitario siempre irán dirigidas a la mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos, regidas por los principios de independencia y autonomía. Dentro de este marco legal, la Universidad CEU San Pablo ha creado y definido esta figura para la consecución de una convivencia cada vez mejor en el seno de la comunidad universitaria.

El Defensor Universitario, cuya finalidad fundamental es contribuir a la mejora de la calidad y el buen funcionamiento de la Universidad CEU San Pablo, sólo podrá actuar, a instancia de parte, sobre todas aquellas cuestiones que puedan afectar a los derechos y deberes de los miembros de la comunidad universitaria, siempre dentro de lo establecido por la legislación vigente y por la normativa interna de la Universidad.

Toda solicitud de intervención, o de mediación, dirigida al Defensor Universitario se presentará firmada por el interesado o interesados, mediante escrito motivado en el que consten con claridad la pretensión que se plantea, el nombre y el domicilio del solicitante o solicitantes.

Una vez admitida una queja o reclamación, el Defensor investigará las circunstancias que motivaron la misma, reuniendo toda la información necesaria para poder dar una solución, plantear una mediación o, en caso de imposible resolución del asunto, facilitar una explicación al interesado. Durante todo el proceso de tramitación de una queja o una consulta, el Defensor mantendrá informado a quien reclama, hasta el final del procedimiento.

La experiencia en el estudio de los problemas y en la mediación de conflictos permitirá realizar al Defensor aquellas sugerencias que considere oportunas para mejorar la calidad de la vida universitaria y de los servicios que presta la Universidad CEU San Pablo. Para ello, elevará al Excmo. Sr. Rector la preceptiva Memoria sobre la gestión realizada durante cada curso académico.

Defensor Universitario

D. Andrés M.ª Gutiérrez Gómez

Dirección

C/ Julián Romea, 18. Despacho 5
28003 Madrid