El Art. 9 del Reglamento 2/2019 de Reconocimiento de Grupos de Investigación de la Universidad, indica que “cuando se produzca un cambio significativo en la trayectoria del grupo, el investigador responsable podrá solicitar a la Comisión de Investigación la reconsideración de su categoría en el Registro sin tener que esperar a la siguiente convocatoria de evaluación. Se considerarán como “cambio significativo” las publicaciones excepcionales o la concesión de un proyecto al amparo de una convocatoria pública, así como cualquier otro que, debidamente motivado, se eleve a evaluación de la Comisión de Investigación de la universidad”
Se precisará por tanto una reevaluación con los datos de los 3 últimos años. Para ello debe hacer llegar a [email protected] la hoja de autoevaluación cumplimentada ( modelo en función de su Facultad) así como la Solicitud razonada con la firma del IP del GIR que solicita el cambio de categoría.