Investigación
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Documentación

Movilidad Investigadora

PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA USP-CEU

La movilidad investigadora debe tener una duración mínima de un mes y una duración máxima de 6 meses y tener por objeto la actualización de conocimientos, aprendizaje de nuevas técnicas y métodos para la docencia o la investigación; así como al establecimiento de nuevos vínculos académicos, o al fortalecimiento de los ya existentes, entre docentes e investigadores y entre instituciones

El Interesado debe contactar con servicioprevenció[email protected] al menos 15 días antes de que se lleve a cabo la movilidad del investigador CEU a otra institución.

PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR NO PERTENECIENTE A LA USP-CEU

La Universidad tiene un procedimiento para que profesores e investigadores de otros centros puedan realizar una estancia de investigación en nuestra Institución.

Aquellos investigadores de entidades externas que se estén planteando la realización de una movilidad de investigación temporal en alguno de los centros de la USP-CEU, podrán solicitar al Investigador CEU que le acoge una carta de invitación de carácter provisional. Para ello, el Investigador de acogida CEU deberá cumplimentar la solicitud de carta de invitación para la realización de estancias investigadoras en el seno de los grupos de investigación reconocidos de la USP-CEU.

Posteriormente para obtener la autorizacion definitiva el investigador de acogida debera enviar, al menos 15 dias antes de la estancia prevista, a [email protected] y a [email protected] la documentación, debidamente cumplimentada que a continuación se detalla.

Registro de grupos de investigación

El Art. 9 del Reglamento 2/2019 de Reconocimiento de Grupos de Investigación de la Universidad, indica que “cuando se produzca un cambio significativo en la trayectoria del grupo, el investigador responsable podrá solicitar a la Comisión de Investigación la reconsideración de su categoría en el Registro sin tener que esperar a la siguiente convocatoria de evaluación. Se considerarán como “cambio significativo” las publicaciones excepcionales o la concesión de un proyecto al amparo de una convocatoria pública, así como cualquier otro que, debidamente motivado, se eleve a evaluación de la Comisión de Investigación de la universidad”

Se precisará por tanto una reevaluación con los datos de los 3 últimos años. Para ello debe hacer llegar a [email protected]  la hoja  de autoevaluación cumplimentada ( modelo en función de su Facultad) así como la Solicitud razonada con la firma del IP del GIR que solicita el cambio de categoría.

Documentos de interés para los investigadores