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Acceso a las enseñanzas oficiales de Máster

Teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto 861/2010, “Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster; o de un título conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación, previa comprobación por la Universidad de que acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster. El acceso por estas dos últimas vías será posible siempre y cuando los estudiantes tengan un claro dominio del idioma español”.

Admisión

Respetando lo establecido en el Real Decreto 861/2010 (art. 17), el procedimiento de admisión del programa será el siguiente:

El alumno realizará una entrevista personal por el responsable del Máster en la que se valorará los conocimientos previos y la vocación del solicitante. Además se tendrá en cuenta:

  • Calificaciones obtenidas en sus estudios anteriores.
  • Currículum vitae del solicitante.

Según el perfil de ingreso recomendado en el Máster, se ofertarán complementos formativos en aquellos Programas en los que se exijan unos conocimientos mínimos previos al mismo. Podrá haber pruebas específicas que aseguren un determinado nivel en los másteres que se ofertan en otro idioma, así como pruebas específicas atendiendo a las características del programa, que en todo caso serán debidamente detalladas en la página web de cada Programa.

En caso de superar los requisitos anteriores, el alumno tendrá que proceder a matricularse, teniendo en cuenta que la validez de esta matrícula queda condicionada a:

  • La presentación de los documentos oficiales que acrediten el derecho a acceder a los estudios oficiales de postgrado, de acuerdo con la normativa en vigor, en particular el R.D. 861/2010, de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; y
  • Al abono íntegro de los honorarios fijados por la Universidad y a la comprobación de la veracidad de los datos y documentos aportados por el alumno.

Una vez formalizada, la matrícula no podrá ser objeto de anulación. No obstante, el alumno puede causar baja en la Universidad CEU San Pablo a petición propia. Dicha baja surtirá efectos económicos a partir del mes siguiente al de su notificación escrita por el alumno al Servicio de Alumnos de la Universidad. En todo caso, el expediente académico quedará archivado a los efectos académicos oportunos.

Periodo y requisitos para formalizar la matrícula

Una vez que el solicitante es admitido se le concederá 15 días para realizar el abono de la Reserva de Plaza a través del Portal del Futuro Alumno (https://admision.uspceu.es); hecha la cual, y también desde el Portal, procederá a la formalización de la matrícula on line, cumplimentando los campos: DATOS PERSONALES, ESTADÍSTICA UNIVERSITARIA y DATOS BANCARIOS. La validez de la matrícula quedará condicionada a la presentación en el Servicio de Admisión de la Universidad de la siguiente documentación:

  • Hojas académicas, compromiso de pago y orden de domiciliación (documentos pdf en el Portal del Futuro Alumno)
  • Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
  • Certificado académico (fotocopia compulsada)
  • Título universitario (fotocopia compulsada)