
Ver documento sobre la legislación vigente.
PRÁCTICAS OBLIGATORIAS: son aquellas que están establecidas en los planes de estudio como asignaturas obligatorias y por tanto con un valor cifrado en créditos académicos. Aquellos alumnos que de acuerdo con los estudios cursados tengan que matricularse en la asignatura "prácticas en empresas" deberán acogerse a la normativa establecida en su Facultad a este respecto*.
PRÁCTICAS VOLUNTARIAS: con la posibilidad de ser reconocidas como créditos académicos en cada Facultad*.
* El Título Propio en Formación Humanística y Profesional establece que los alumnos deberán obtener un mínimo de 24 puntos en prácticas (1 punto equivale a 10 horas de prácticas). Este número de horas de prácticas supondrá que el alumno deberá realizar un mínimo de 3 meses (4 horas diarias) de prácticas internas y/o externas.
Los programas de prácticas deberán permitir una dedicación a los estudios, por ello no excederán del 50% del tiempo íntegro que constituya el Curso Académico.
Los alumnos que finalicen sus estudios en la Universidad CEU San Pablo, en el mes de junio, podrán realizar prácticas en empresas hasta el 15 de septiembre (fin del curso académico), no pudiendo prorrogarse éstas más allá de esta fecha.
Causarán baja en el COIE los alumnos que:
Los alumnos interesados en acceder a una o varias prácticas de las ofertadas por el COIE deberán INSCRIBIRSE EN EL COIE DE SU FACULTAD y entregar la siguiente documentación bien personalmente en la secretaría del COIE de cada Facultad bien por correo electrónico u ordinario:
Los alumnos podrán solicitar tantas prácticas como deseen de las ofertadas por el COIE siempre que se adecuen al perfil demandado por la empresa y que la solicitud se haga dentro del plazo establecido en la oferta.
En el caso de que las prácticas lleven aparejado el pago de una beca o ayuda al estudio, el pago se realizará del siguiente modo:
A. La empresa abonará los compromisos económicos adquiridos con los alumnos, directamente a los candidatos incorporados, a través del medio que ésta tenga establecido.
B. Si, excepcionalmente, el pago se realiza a través de la Universidad CEU San Pablo, la empresa deberá:
1- Solicitar mediante la cumplimentación de un formulario de compromiso de abono a la Universidad CEU San Pablo, que ésta actúe como responsable del abono de ayuda al estudio designada en el Convenio Específico del alumno, en el momento de suscripción de éste.
2- La empresa abonará el importe total de la beca al inicio de las prácticas a la Universidad CEU San Pablo, en el número de cuenta designado en el formulario de compromiso de abono y remitirá una copia de la transferencia realizada al Responsable del COIE de la Facultad.
3- La Universidad CEU San Pablo, efectuará mensualmente una transferencia al alumno en prácticas, en la cuenta que éste designe al efecto y por el importe estipulado en el Convenio Específico.
C. Para el caso de los alumnos que realizan prácticas en las Administraciones Públicas. La Administración abonará los compromisos económicos adquiridos con los alumnos directamente a los candidatos incorporados a través del medio que ésta tenga establecido y en el plazo previsto. Si, excepcionalmente, el pago se realiza a través de la Universidad CEU San Pablo la Administración deberá:
1- Solicitar mediante la cumplimentación de un formulario de compromiso de abono a la Universidad CEU San Pablo, que ésta actúe como responsable del abono de ayuda al estudio designada en el Convenio Específico del alumno, en el momento de suscripción de éste.
2- Abonar mensualmente el importe de la beca en el número de cuenta designado en el formulario de compromiso de abono a la Universidad CEU San Pablo y remitir una copia de la transferencia realizada al Responsable del COIE de la Facultad.
3- La Universidad CEU San Pablo, efectuará mensualmente una transferencia al alumno en prácticas, en la cuenta que éste designe al efecto, por el importe de la beca, con independencia del momento en que se reciba dicho importe por parte de la Administración.
En base al Real Decreto 1.497/1981 de 19 de junio y su actualización establecida en R.D. 1.845/1994, de 9 de septiembre, cabe la posibilidad de firmar Convenios de Cooperación Educativa con empresas establecidas fuera del territorio nacional, a fin de que nuestros alumnos puedan realizar prácticas.
La Universidad CEU San Pablo, suscribirá adicionalmente un seguro multiasistencia de viaje (que cubre los siguientes riesgos: Responsabilidad Civil privada; Accidente; Gastos médicos, quirúrgicos y de hospitalización; Gastos de anulación de viaje), haciéndose constar este extremo en el Convenio Específico.