Se convocan 10 becas de Formación de Personal Investigador (FPI), con arreglo a las siguientes
BASES:
1.- Estas becas se regirán por los artículos 7 al 13 del Reglamento sobre las becas de investigación de la Universidad San Pablo-CEU, relativos a la finalidad, requisitos y duración de las becas y a las funciones y exigencias para los becarios y para los grupos de investigación en los que se integren, en su caso.
2.- Los candidatos a becarios deberán haber finalizado sus estudios de Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería como máximo en los dos años anteriores a la realización de la convocatoria, y tener un expediente académico de al menos 2 puntos de media en las carreras desarrolladas en el ámbito de las Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas y una media de al menos 1,7 puntos en las carreras Experimentales y Técnicas. El tiempo dedicado a la realización del MIR o especialidad equivalente en otras carreras no computará a los efectos del cálculo de antigüedad.
3.- La dedicación investigadora que corresponde a cualquiera de estas becas debe estar englobada siempre en el desarrollo de un DEA o tesis doctoral e implicará una dedicación a tiempo completo a la Universidad.
4.- La presentación, el seguimiento y la responsabilidad de estos becarios deberá recaer sobre el investigador único o principal del proyecto al que se halle vinculada la beca concedida. Además, la solicitud de beca deberá contar con el VºBº del Director de Departamento así como del Decano o Director de Centro o Instituto.
5- Para solicitar un becario de investigación serán requisitos:
6.- Las becas FPI estarán vinculadas al proyecto de investigación para el que han sido concedidas, de forma que cuando éste finalice, la beca se dará por concluida. No obstante, el becario, previa solicitud del investigador o responsable del grupo de investigación, podrá trasladar su beca a otro proyecto de investigación si así fuere aprobado por este Vicerrectorado.
7.- El período máximo de disfrute de estas becas es de un año, pudiéndose renovar por períodos anuales hasta un máximo de cuatro años o hasta la finalización del proyecto vinculado, siempre que se cumpla lo establecido en los artículos anteriores.
8.- Los becarios FPI estarán exentos de los pagos por la realización del doctorado siempre que éste se realice en alguno de los programas que anualmente ofrece la Universidad San Pablo-CEU.
9.- Con carácter anual, y con dos meses de antelación respecto a la finalización del período de disfrute de la beca, el becario deberá remitir un informe a la Comisión de Investigación de la Universidad, en el que hará constar las actividades desarrolladas en ese período. Este informe, y la solicitud de la renovación correspondiente, deberá presentarse con el visto bueno del investigador o responsable del grupo de investigación en el que desarrolla su actividad el becario. Además, para la renovación de la beca, se valorará:
10.- El Vicerrectorado de Investigación, previa consulta con la Comisión de Investigación de la Universidad, procederá a la concesión de las becas y sus sucesivas renovaciones, atendiendo a un criterio de proporcionalidad entre las diferentes áreas solicitantes.
11.- Criterios de valoración. En la concesión de las becas se tendrán en cuenta:
12.- El plazo de presentación será del 18 de abril, hasta las 14:00 horas del 30 de septiembre de 2005. Los candidatos deberán entregar a través del Decanato, Dirección de Escuela o Instituto correspondiente los siguientes documentos:
13.- Duración, cuantía, incompatibilidades y dedicación:
Secretaría de Doctorado:
Carmen de Celis Porro (ext. 5120)
se.uec@otcodces
Secretaría Comisión:
María Victoria de Andrés (ext. 5496) se.uec@psu.otcod
Calle Julián Romea 23, 28003 Madrid
Tlf. 91. 456.63.00
Fax: 91. 514.01.39
Horario de atención:
De lunes a viernes de 8.00 h. a 14.00 h. Martes y jueves de 16.00 a 19.00 h.